¿El perito informático es independiente de quien lo contrata?
Debe serlo en sus conclusiones. Aunque la parte lo elija y le pague, la ley le exige emitir su informe con imparcialidad y atenerse a los principios de su ciencia. Por eso un buen informe incluye una declaración de independencia y el perito puede ser interrogado sobre ella y sobre su remuneración.
En concreto:
- Deber legal: Imparcialidad y apego a los principios de la ciencia (Código Procesal Penal, artículo 314).
- Familia: Los informes se emiten con objetividad (Ley 19.968, artículo 45).
- Remuneración: Se le puede pedir información sobre su remuneración (Código Procesal Penal, artículo 318).
- Cobro: No se acepta cobro condicionado al resultado del juicio (términos de FICS).
Un perito que cobra según el resultado tiene un interés que la contraparte puede exponer.
Fuente: Código Procesal Penal (Ley 19.696) y Ley 19.968 de Tribunales de Familia, Biblioteca del Congreso Nacional; información publicada en el sitio de FICS Company (tarifario, términos y preguntas frecuentes), consultada el 1 de octubre de 2026.
Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.
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