¿Necesita un perito informático estar inscrito en el registro de peritos?
Para actuar como perito de parte en penal, laboral o familia no se exige inscripción en la nómina de peritos: basta acreditar su idoneidad. La inscripción importa en lo civil, porque cuando el tribunal nombra al perito lo elige de las listas oficiales. Estar inscrito es una credencial verificable, no una habilitación.
En concreto:
- Nombramiento civil: El tribunal nombra de entre los peritos de las listas oficiales (Código de Procedimiento Civil, artículo 416).
- Listas: Las proponen las Cortes de Apelaciones cada dos años y las forma la Corte Suprema (Código de Procedimiento Civil, artículo 416 bis).
- Perito de confianza: En penal las partes presentan peritos de su confianza (Código Procesal Penal, artículo 314).
- Familia: Igual regla para las partes en familia (Ley 19.968, artículo 45).
Quien diga que sin inscripción un informe no vale está confundiendo el nombramiento judicial con la pericia de parte.
Fuente: Código de Procedimiento Civil, Código Procesal Penal (Ley 19.696) y Ley 19.968 de Tribunales de Familia, Biblioteca del Congreso Nacional.
Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.
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