¿Qué requisitos debe tener un perito informático en Chile?
No existe un título único obligatorio de perito informático. En penal, laboral y familia la parte debe acreditar la idoneidad profesional de su perito; en lo civil, salvo acuerdo de las partes, se exige título profesional si la disciplina está reglamentada y hay dos o más titulados en el territorio. Además, no puede tener incapacidades legales.
En concreto:
- Penal: Comprobantes de idoneidad profesional (Código Procesal Penal, artículo 314).
- Familia: Antecedentes que acrediten la idoneidad profesional (Ley 19.968, artículo 45).
- Civil: Título profesional en ciencia o arte reglamentados, salvo acuerdo de partes (Código de Procedimiento Civil, artículo 413).
- Incapacidad: No pueden ser peritos quienes pueden abstenerse de declarar como testigos (Código Procesal Penal, artículo 317).
Estar en la nómina de peritos de una Corte es una credencial, no un requisito para ser perito de parte.
Fuente: Código Procesal Penal (Ley 19.696), Ley 19.968 de Tribunales de Familia y Código de Procedimiento Civil, Biblioteca del Congreso Nacional.
Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.
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