Perito inscrito · ficha 359345Peritaje en 3 días hábilesExento de IVA

Noticias · Oct 6, 2026 · Por Sebastián Ignacio García Cáceres

¿Quién paga el peritaje informático en un juicio?

Por regla general, lo paga la parte que presenta al perito o que pide la diligencia. En materia penal, el juez puede relevar total o parcialmente del pago a quien no tiene medios o cuando la falta de la pericia desequilibraría la defensa del imputado, caso en que el costo puede ser fiscal.

En concreto:

  • Penal: Los honorarios corresponden a la parte que presenta al perito (Código Procesal Penal, artículo 316).
  • Familia: Los honorarios y gastos son de la parte que presenta al perito (Ley 19.968, artículo 47).
  • Civil: Los gastos y honorarios son de cargo de quien solicitó la pericia, sin perjuicio de las costas (Código de Procedimiento Civil, artículo 411).
  • Consignación: En lo civil el tribunal puede ordenar consignar una cantidad prudencial antes de la pericia (Código de Procedimiento Civil, artículo 411).

Lo que se resuelva sobre costas al final del juicio puede cambiar quién soporta el gasto.

Fuente: Código Procesal Penal (Ley 19.696), Ley 19.968 de Tribunales de Familia y Código de Procedimiento Civil, Biblioteca del Congreso Nacional.

Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.

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