¿Puede el perito leer su informe durante la audiencia?
No puede sustituir su declaración por la lectura del informe, pero sí puede leer partes de él durante su declaración para ayudar su memoria, demostrar o superar contradicciones o hacer aclaraciones. La regla general es que exponga personalmente el contenido y las conclusiones y responda las preguntas de las partes.
En concreto:
- Apoyo de memoria: Se pueden leer partes del informe durante la declaración del perito (Código Procesal Penal, artículo 332).
- Declaración personal: No se reemplaza por la lectura de documentos (Código Procesal Penal, artículo 329).
- Excepciones: Lectura de declaraciones anteriores solo en casos legales (Código Procesal Penal, artículo 331).
- Familia: El informe se exhibe y lee en el debate con indicación de su origen (Ley 19.968, artículo 64).
Un perito que solo lee transmite que no domina su propio trabajo.
Fuente: Código Procesal Penal (Ley 19.696) y Ley 19.968 de Tribunales de Familia, Biblioteca del Congreso Nacional.
Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.
¿Necesita certificar evidencia digital o revisar un informe pericial?
Evaluar mi caso